EP124

24 | Escritura PÚBLICA | julio-agosto 2020 | EN ESTE PAÍS Decreto-ley 16/2020 estableció que, durante el estado de alarma y los tres meses siguientes a su finalización, las vistas de todos los procedimientos (con excepciones en el orden penal) se realizarán de forma preferente tele- máticamente, siempre que se contara con los medios técnicos para ello. Ya el 6 de mayo, el Juzgado de prime- ra instancia número 2 de Barbastro (Huesca), celebró telemáticamente una vista de un asunto de familia y el 11 de mayo el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander celebró la primera vista pública a través de internet. En estos momentos son centenares las vistas telemáticas celebradas en todos los órdenes jurisdiccionales. Si las notarías o la mayoría de los despachos de abo- gados o procuradores desde que se declaró el estado de alarma, con el consiguiente confinamiento, instalaron o ampliaron sus sistemas de teletrabajo para continuar con su actividad y lo hicieron de manera efectiva en cuestión de días y con excelentes resultados, no hay excusa para que en la Administración de Justicia no se invierta lo necesario para hacer efectiva la digitalización, prestando un servicio público a los ciudadanos en condiciones de seguridad, eficiencia y sin que suponga una merma de sus derechos. Avance profesional. Es necesario ir acomodando las rea- lidades que conviven en el espacio de la Justicia, donde la distancia tecnológica de juzgados y tribunales convi- ve con un elevado grado de tecnologización de los ope- radores jurídicos. Abogados, procuradores, y desde lue- go notarios ya realizan tanto sus procesos internos como las relaciones con sus clientes y usuarios y los actos de comunicación entre ellos o con las Administra- ciones mediante medios telemáticos plenamente segu- ros y eficaces. La firma de un convenio con el Consejo General de Procuradores de España ha hecho posible que estos puedan acreditar telemáticamente la repre- sentación de sus clientes en la sede electrónica notarial. Mediante la atribución a cada poder de un Código de Verificación Seguro los procuradores pueden compro- bar su veracidad y contenido, así como consultar si el poder subsiste o si, en su caso, ha sufrido alguna modi- ficación. Es de resaltar en este sentido que el Consejo General del Notariado es junto con la Dirección General de la Policía (DNI electrónico) la única entidad española homologada en la Unión Europea para la firma electró- nica cualificada en la nube . Se hace ineludible apretar el paso y continuar en una senda, que para ser justos, también empieza a dar resul- tados, como muestra el último informe de la Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ) que des- taca el gran progreso que España ha realizado con la tra- mitación electrónica. Para el CEPEJ el marco legal que regula el proceso de digitalización y los instrumentos de telecomunicación como LexNet son algunos de los facto- res positivos a destacar. Ahora hay que pasar de las musas al teatro. l El Notariado, en la vanguardia tecnológica E L notariado español es una de las instituciones con mayor grado de implementación tecnológica y reconocimiento internacional en esta materia. La Agencia Notarial de Certificación (Ancert) fue constituida por el Consejo General del Notariado (CGN) en julio de 2002, con el propósito de desarrollar e implementar la modernización tec- nológica del Notariado español. Es una empresa cien por cien del CGN, destinada a dar soporte y ayuda a la actividad de los más de 2.800 notarios españoles y a través suyo a la ciudadanía. Muchas son las gestiones y trámites que los ciudadanos pue- den realizar en una notaría de forma telemática: solicitud del NIF (provisional y definitivo), inscripción telemática de documentos en el registro, ficha resumen para comunidades autónomas, ayuntamientos y diputaciones, liquidación de impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, solicitud de certificados de seguros de vida, solicitud de cer- tificados de últimas voluntades, partes testamentarios y acta de abintestatos, consulta a la oficina virtual del Catastro, tramitación de préstamos hipotecarios, tramitación de préstamos personales, acta de notoriedad para la concesión de nacionalidad española a extranjeros de origen sefardí, deudas con la comunidad de propietarios, consulta de Titularidad Real o comunicación de oficios. En la situación excepcional provocada por la pandemia, el Consejo General del Notariado, ante la convocatoria de elecciones en Galicia y el País Vasco, puso a disposición del Gobierno un sistema de apoderamiento a través de la sede electrónica notarial a fin de contribuir a la máxima seguridad sanitaria de los electores y se ofreció para la autorización electrónica de las pólizas para la financiación de empresas y particulares en la sede electrónica notarial y mediante videoconferencia. Asimismo, la vocación de servicio de los notarios españoles les ha llevado a ofrecerse también para autorizar por videoconferencia otros documentos como testamentos en caso de pandemia, poderes especiales, revo- caciones de poderes (lo que impediría su utilización fraudulenta) y actos societarios.

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