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Aceptación de la herencia

<p> Le aconsejamos que acuda a un notario. Desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicci&oacute;n Voluntaria, en julio de 2015, los herederos de una herencia cuyo reparto obstaculiza otro heredero, tienen la posibilidad de acudir a este funcionario p&uacute;blico. &Eacute;l enviar&aacute; un acta de notificaci&oacute;n y requerimiento a su hermano, d&aacute;ndole un plazo de 30 d&iacute;as naturales para que decida si va a aceptar su parte o renunciar a ella. En dicha acta se le advertir&aacute;, asimismo, de que si no manifiesta su voluntad en ese tiempo, la herencia se considerar&aacute; aceptada pura y simplemente.</p>

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