En el episodio de hoy queremos responder a una pregunta muy habitual en las notarías: Me voy a casar y quiero hacer separación de bienes. ¿Cómo debo proceder?
La forma adecuada de pactar un régimen económico diferente al que por defecto establece la ley -que en España es el de la sociedad de gananciales salvo en algunas autonomías, como Cataluña o Baleares- es mediante las capitulaciones matrimoniales, que tienen que ser autorizadas por un notario: el que se elija. El notario os prestará asesoramiento y garantizará la legalidad de vuestra decisión, que quedará recogida en escritura pública. Podréis hacer las capitulaciones antes o después de casaros.
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