Web Content Display

Search  

Asset Publisher

¿Es posible atribuir en el testamento la patria potestad de un hijo a otra persona?

Seguramente te has preguntado si es posible legar en el testamento la patria potestad de tus hijos. Es importante que sepas que, en caso de fallecimiento o imposibilidad de alguno de los padres, la patria potestad -que podemos definir como el conjunto de derechos y obligaciones de los padres respecto de la persona y bienes de sus hijos menores o incapacitados- recae sobre el otro. En caso de que falten ambos padres, o ninguno puede ejercerla, es necesario acudir a otro sistema de guarda y protección: la tutela. Aunque el nombramiento de tutor corresponde al juez, los padres pueden designar a la persona que les gustaría que ocupase este cargo, así como excluir del mismo a quien no quieran que lo ejerza. Dicha designación o exclusión debe hacerse en documento público notarial. El más utilizado es el testamento y vincula al juez a la hora de hacer el nombramiento, a menos que, en atención a las circunstancias del menor o incapacitado, considere más beneficioso para éste que sea tutor otra persona. Esta previsión pueden hacerla ambos progenitores o uno solo, pero es importante saber que, en el primer caso, únicamente se aplicarán las disposiciones que sean complementarias entre sí porque, en caso de contradicción, decide el juez.

Choose your notary

Enter the data to find a notary:

Fill in at least one of the fields

Web Content Display

Enter the name and surname of the notary in the deed you want to locate:

Fill in all the fields

Asset Publisher

24/01/2013

El notario y sus servicios

01/10/2010

Escritura Pública

27/02/2026

La Guardia Civil y el Notariado impulsan la cooperación institucional a nivel nacional en una jornada celebrada en Barcelona