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Sí, se puede pedir un duplicado o nueva copia. Pero la única persona que, en principio, puede hacerlo es el poderdante, es decir, quien lo haya concedido, a no ser que, cuando el poderdante acudió a la notaría a otorgar el poder, hubiera especificado en esa escritura pública que autorizaba al apoderado para que pudiera solicitar una copia. Si así se concretó en el poder que le otorgó su hermano, usted podrá acudir a la notaría a pedir la copia. En el caso del poderdante, no encontrará inconvenientes para pedir dicho duplicado. </p>
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