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Claro que sí. Un poder es un documento público autorizado por un notario que permite a una persona, física o jurídica (poderdante), designar a otra como su representante, de modo que pueda actuar en su nombre en determinados actos jurídicos. Usted puede otorgar un poder, por ejemplo, para que alguien pueda comprar o vender en su nombre, pueda disponer de una cuenta bancaria, aceptar herencias, hacer trámites con la seguridad social, etc. En la escritura pública se pueden enumerar todas las facultades que se desea dar a una persona para que las ejercite en su nombre. Hay personas más cautelosas que prefieren otorgar los poderes de manera más restringida y hacerlos de uno en uno.</p>
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